La Ley Paola Buenrostro fue publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México (CDMX), con ello se oficializa la tipificación del transfeminicidio como un delito en el Código Penal de la capital con con penas de entre 35 y 70 años de cárcel.
Luego de más de dos meses de que el Congreso local aprobó la Ley Paola Buenrostro, impulsada por la activista Kenya Cuevas y el diputado de Morena, Temístocles Villanueva, finalmente entrará en rigor
Se aplicará una serie de reformas, modificaciones y adiciones al Código Penal y Civil de la capital, a la Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia y a la Ley de Víctimas de la Ciudad de México.
La “Ley Paola Buenrostro” honra la memoria de Paola Buenrostro, la primera víctima de transfeminicidio en México, ocurrido en 2016, y busca de acuerdo con el decreto, “garantizar el acceso a la justicia para las víctimas de la violencia transmisógina” y castigar la violencia extrema ejercida contra las mujeres trans.
El jefe de Gobierno, Martí Batres, celebró la aprobación de la reforma y su publicación en la Gaceta Oficial, afirmando que con ello se demuestra que su administración apoya la causa y “cumple su parte”.
En la presentación de la publicación del decreto, el mandatario capitalino afirmó que con el documento no solo se hace oficial el delito y sus sanciones, sino que se envía el mensaje de que en la Ciudad de México no será tolerada la violencia contra las mujeres trans.
“Estamos en la causa y cumplimos nuestra parte. Aquí está la publicación de la Gaceta de hoy, donde aparece la reforma para incorporar el delito de transfeminicidio en el Código Penal de la Ciudad e México, se publicó este viernes luego de su aprobación en el Congreso y con ello no solo se hace una reforma formal si no que se envía un mensaje claro a la sociedad: la violencia contra las mujeres trans no será tolerada en al Ciudad de México”, puntualizó.
De acuerdo con el decreto, se define como transfeminicidio al asesinato de una mujer trans o persona cuya identidad o expresión de género, real o percibida, se encuentre dentro del espectro femenino de género, por razón de identidad de género o expresión de género.
El delito de transfeminicidio tendrá una sanción mayor a la vigente para el homicidio y el homicidio calificado; pues a diferencia de estos delitos que se castigan con una pena de ocho a 20 años de prisión y de 20 a 50 años, el transfeminicidio será sancionado con una pena de 35 a 70 años.
La pena se e agravará cuando la víctima presente señales de saña, tenga algún vínculo familiar con su asesino, sea menor de edad, adulto mayor o persona con discapacidad; así como en el caso de que haya sido atacada por más de dos personas o haya recibido amenazas relacionadas a su identidad de género
“Hay un punto clave que es la sanción, el homicidio se castiga de acuerdo con el código penal con una pena que va de ocho a 20 años de prisión, el homicidio calificado es el que tienen agravantes se castiga con una pena que va de 20 a 50 años de prisión, el transfeminicidio se castigará con una pena que va de 35 a 70 años de prisión, es decir, la pena, la sanción es mucho mayor.
“Pero se podrá agravar en una tercera parte más de la sanción prevista cuando la víctima presente señales de saña, cuando el delito sea cometido en el contexto de trabajo sexual, cuando sea cometido por dos o más personas, en presencia de una o más personas con las que la víctima tenga un vínculo de parentesco, cuando la víctima sea menor de edad, adolescente, persona con discapacidad o adulta mayor, cuando la víctima sea una persona en situación de calle y cuando la víctima haya recibido amenazas de muerte relacionadas a su identidad de género, ya sea de forma presencial o en línea”, concluyó.
Además, se adiciona un párrafo segundo al artículo 118 del Código Civil para el Distrito Federal, para la emisión de actas de defunción de las personas transgénero. En caso de que sus familiares se nieguen a realizar el trámite o pudieren vulnerar su identidad o expresión de género, dicha acta podrá ser tramitada por una persona que pertenezca a la familia social de la persona transgénero, en términos de la Ley de Víctimas en CDMX.
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