En la Ciudad de México los ciudadanos que deseen usar scooters, bicicletas y motonetas eléctricas como un medio de transporte y estas alcancen velocidades mayores a 25 kilómetros por hora deberán contar con licencia de conducir.
Además deberán portar casco y registrar su vehículo ante la Secretaría de Movilidad (Semovi), de acuerdo con las reformas aprobadas por la Comisión de Movilidad Sustentable y Seguridad Vial del Congreso de la Ciudad de México (CDMX).
La reforma de varios articulos de la Ley de Movilidad fueron aprobados con seis votos a favor, cero en contra y una abstención.
El objetivo de regular la llamada “micromovilidad eléctrica” y mejorar la seguridad vial en la ciudad.
El dictamen define como vehículos motorizados a aquellos que superen los 25 kilómetros por hora y pesen más de 35 kilogramos. Estos deberán portar placas, tarjeta de circulación, luces encendidas y cumplir con las normas aplicables a las motocicletas, incluyendo la prohibición de circular por ciclovías, banquetas o carriles exclusivos del transporte público.
Es una de las tres iniciativas de reforma enviadas al Congreso capitalino “a las que se les dará prioridad durante el segundo periodo extraordinario de sesiones”, como publicó Excélsior este jueves.
Las modificaciones avaladas en materia de micromovilidad establecen que todos los vehículos eléctricos personales deberán registrarse ante la Semovi, incluso si cuentan con permisos de otras entidades.
También se contempla el uso obligatorio de casco y chaleco reflejante para los conductores de este tipo de vehículos, entre ellos monopatines, scooters y bicicletas eléctricas.
Al presentar el dictamen, el presidente de la comisión, el diputado por Morena, Miguel Ángel Macedo Escartín, destacó que las reformas buscan reconocer legalmente a los vehículos de micromovilidad eléctrica y establecer criterios claros sobre su circulación, seguridad y requisitos para los conductores.
En ese sentido, el diputado Macedo Escartín acotó que corresponderá al Poder Ejecutivo local “emitir los ajustes necesarios al Reglamento de Tránsito y a la Ley de Movilidad para armonizar los cambios”.
Destacó que el decreto aprobado en comisiones establece que el gobierno capitalino tendrá un plazo de hasta 360 días naturales para definir los tipos de licencias requeridas y los requisitos técnicos para estos vehículos.





