El Congreso de la CDMX aprobó que scooters, bicis eléctricas y bicimotos cuenten con placas y licencia. La medida busca mayor seguridad vial y aplica a vehículos que superen 25 km/h
El dictamen aprobado reforma las fracciones LIII, CIII, CIV y adiciona una fracción CIII Bis al artículo 9, reforma la fracción IX del artículo 12 y el artículo 64 de la Ley de Movilidad local.
En la discusión también se aprobó la reserva a los artículos 9 y 64 suscrita por la legisladora Patricia Urriza Arellano (Movimiento Ciudadano), para precisar la definición de que las motocicletas son aquellos vehículos que no necesitan tracción humana, “pero, sobre todo, que se armonice con la ley actual, los términos en los que un vehículo se considera como vehículo no motorizado”.
Se aprobó también la reserva al artículo 9 presentada por el legislador Paulo Emilio García González (Morena), con la cual se establece el rango de potencia que alcanzan los Vehículos Motorizado Eléctrico Personal (VEMEPE), al especificar que “su motor tiene potencia continua nominal a partir de 250 watts y hasta un KW”, lo cual se basa en los parámetros de la Ley General de Movilidad y otras normas vigentes, para establecer con claridad el tipo de vehículos que se está regulando.
El presidente de la Comisión de Movilidad Sustentable y Seguridad Vial, diputado Miguel Ángel Macedo Escartín (Morena), señaló que con esta propuesta se regulará a vehículos de bajo impacto ambiental y con potencial para trayectos de última milla y de cuidado, afianzando un marco normativo que pondera las condiciones de seguridad necesarias para garantizar el derecho a la movilidad de quienes transitan las calles de la ciudad.





