CDMX fija nuevas reglas para scooters y motos eléctricas; deberán tener placas y licencia

El Gobierno de la Ciudad de México anunció nuevas disposiciones para regular el uso de scooters, motocicletas eléctricas y otros vehículos de micromovilidad, con el objetivo de mejorar la seguridad vial y ordenar su circulación en la capital.

Las medidas forman parte de las modificaciones al Reglamento de Tránsito y a la Ley de Movilidad, y entrarán en vigor a partir del 1 de julio de 2026.

Placas y registro obligatorio

Uno de los principales cambios es que los llamados Vehículos Motorizados Eléctricos Personales deberán contar con placas y registro oficial.

Los vehículos nuevos deberán venderse ya emplacados.

Los que ya circulan tendrán plazo del 1 de julio al 20 de noviembre para regularizarse.

A partir de septiembre comenzarán las sanciones para quienes no cumplan.

Licencia y requisitos

Las autoridades establecieron que estos vehículos, cuando superen ciertas características (como velocidad mayor a 25 km/h), serán tratados de forma similar a motocicletas, por lo que deberán cumplir con:

  • Licencia de conducir tipo A1 o A2
  • Tarjeta de circulación
  • Uso obligatorio de casco y equipo de seguridad
  • En algunos casos, seguro obligatorio

Restricciones de circulación

También se fijaron reglas claras sobre dónde pueden transitar:

  • No podrán circular por banquetas ni ciclovías
  • Deberán usar carriles vehiculares o vías secundarias
  • Se busca evitar conflictos con peatones y ciclistas
  • Objetivo: orden y seguridad

El gobierno capitalino señaló que estas medidas responden al crecimiento del uso de scooters y motos eléctricas en la ciudad, así como al aumento de accidentes y conflictos viales.

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Redacción
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