A partir del 1 de julio de 2026 entrarán en vigor nuevas disposiciones para regular la circulación de scooters, bicicletas eléctricas y otros vehículos eléctricos personales de mayor potencia en la Ciudad de México, los cuales deberán contar con placas y registro para transitar de manera legal.
La medida forma parte de las modificaciones al Reglamento de Tránsito y al Reglamento de la Ley de Movilidad, impulsadas por el Gobierno capitalino con el objetivo de establecer un mayor control sobre este tipo de transporte y fortalecer la seguridad vial.
Las nuevas reglas aplicarán únicamente a los Vehículos Motorizados Eléctricos Personales (VEMEPE) que cuenten con acelerador independiente, dos o más ruedas, una velocidad superior a 25 kilómetros por hora y una potencia de entre 250 watts y un kilowatt.
En contraste, las bicicletas de pedaleo asistido y los patines de impulso manual permanecerán exentos de esta obligación.
Las autoridades clasificaron estos vehículos en dos categorías: Tipo A, para unidades con un peso inferior a 35 kilogramos, y Tipo B, para aquellas cuyo peso oscila entre 35 y 350 kilogramos.
Como parte del nuevo esquema regulatorio, también se contempla que estos vehículos deban cumplir con requisitos como tarjeta de circulación, licencia de conducir, seguro, uso obligatorio de casco y luces, además de respetar las disposiciones generales de tránsito.
En el caso de las unidades nuevas comercializadas a partir del 1 de julio, deberán entregarse emplacadas desde el punto de venta. Mientras tanto, quienes ya poseen uno de estos vehículos tendrán un periodo de regularización que concluirá el 20 de noviembre de 2026. Las sanciones para quienes incumplan con el emplacamiento comenzarán a aplicarse a partir del 1 de septiembre.
La regulación también establece restricciones sobre los espacios donde podrán circular estos vehículos. Estará prohibido utilizarlos en banquetas, zonas peatonales, ciclovías cuando se trate de unidades motorizadas reguladas y carriles exclusivos del transporte público.





