El Gobierno de la Ciudad de México anunció nuevas disposiciones para regular el uso de scooters, motocicletas eléctricas y otros vehículos de micromovilidad, con el objetivo de mejorar la seguridad vial y ordenar su circulación en la capital.
Las medidas forman parte de las modificaciones al Reglamento de Tránsito y a la Ley de Movilidad, y entrarán en vigor a partir del 1 de julio de 2026.
Placas y registro obligatorio
Uno de los principales cambios es que los llamados Vehículos Motorizados Eléctricos Personales deberán contar con placas y registro oficial.
Los vehículos nuevos deberán venderse ya emplacados.
Los que ya circulan tendrán plazo del 1 de julio al 20 de noviembre para regularizarse.
A partir de septiembre comenzarán las sanciones para quienes no cumplan.
Licencia y requisitos
Las autoridades establecieron que estos vehículos, cuando superen ciertas características (como velocidad mayor a 25 km/h), serán tratados de forma similar a motocicletas, por lo que deberán cumplir con:
- Licencia de conducir tipo A1 o A2
- Tarjeta de circulación
- Uso obligatorio de casco y equipo de seguridad
- En algunos casos, seguro obligatorio
Restricciones de circulación
También se fijaron reglas claras sobre dónde pueden transitar:
- No podrán circular por banquetas ni ciclovías
- Deberán usar carriles vehiculares o vías secundarias
- Se busca evitar conflictos con peatones y ciclistas
- Objetivo: orden y seguridad
El gobierno capitalino señaló que estas medidas responden al crecimiento del uso de scooters y motos eléctricas en la ciudad, así como al aumento de accidentes y conflictos viales.





