TEPJF ratifica la licencia definitiva de Santiago Taboada

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) decidió ratificar la decisión del Tribunal Electoral local (TECDMX) para concederle a Santiago Taboada su licencia de separación definitiva del cargo como alcalde en Benito Juárez.

Con esta decisión el precandidato de la alianza “Va por la CDMX”, Santiago Taboada Cortina podrá seguir su precampaña hacia la Jefatura de Gobierno de la capital en las elecciones del 2024.

El tribunal electoral  informó a través de un comunicado que la decisión fue tomada por unanimidad de votos de los magistrados.

Así mismo el organismo detalló que se presentó la controversia debido a hubo una falta de quorum en el Congreso de la Ciudad de México al momento de que el exlegislador panista presentó una solicitud de licencia para separarse de su cargo como alcalde el pasado 30 de noviembre.

Debido a que no se pudo atender su petición el aún alcalde acudió al TECDMX, órgano “que en plenitud de jurisdicción otorgó la licencia solicitada”.

La decisión del Tribunal local se dio a conocer en una sesión pública virtual el pasado 1 de diciembre en la que se le concedió la licencia al panista a partir del sábado 2.

La diputada Martha Ávila, coordinadora del grupo parlamentario de Morena en el Congreso de la CDMX, cuestionó “la falta de competencia” del Tribunal local, acudiendo a la Sala Superior del TEPJF por la decisión que tomó.

Tras un mes y por petición del magistrado presidente Reyes Rodríguez Mondragón, el pleno de la Sala Superior confirmó la determinación del Tribunal local.

Aunque el pleno consideró que el Congreso local y la legisladora morenista “excepcionalmente contaban con legitimación para promover el medio de impugnación al cuestionar la competencia de la autoridad emisora de la sentencia impugnada”. se determinó que el Tribunal local sí “era competente para conocer del asunto”, pues habría una posible afectación del derecho político electoral de Taboada a ser votado.

Por el contrario, en su sentencia el máximo tribunal consideró que, “conforme a la línea jurisprudencial del TEPJF, el Congreso responsable y la diputada integrante del mismo no contaron con legitimación para cuestionar temas abordados en la resolución impugnada, en específico, si se actualizó o no la omisión atribuida, o si en efecto se vulneró el derecho político electoral de Santiago Taboada, máxime que no se evidenció alguna afectación a la esfera jurídica de la responsable (SUP-JE-1506/2023 y acumulados)”.

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