Invalidados 62 de los 142 artículos de la ley de Centros Penitenciarios de CDMX

Debido a la invasión del Congreso capitalino a las facultades del Congreso de la Unión, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó 62 de los 142 artículos de la Ley de Centros Penitenciarios de la Ciudad de México.

El proyecto de la ministra Yasmín Esquivel Mossa fue aprobado por el Pleno con nueve votos a favor; con ello la sentencia tendrá efectos efectos retroactivos desde el 3 de septiembre de 2021, fecha en que entró en vigor la mencionada ley.

Aunque el proyecto de la ministra tenía como finalidad invalidar 63 artículos, sin embargo faltaron ocho votos para declarar inconstitucional el artículo 34, así que  continuará vigente.

Esquivel Mossa explicó que la fracción 21 del artículo 73 constitucional, faculta exclusivamente al Congreso de la Unión para expedir la legislación única de diversas materias, entre las cuales se encuentra la relativa a la ejecución de penas que regirá en toda la República.

La ministra indicó que en la Ley Nacional de Ejecución Penal, el Congreso de la Unión estableció que dicho ordenamiento tendrá que ser observado en el internamiento por prisión preventiva, en la ejecución de penas y en las medidas de seguridad impuestas, como consecuencia de una resolución judicial, también en los procedimientos para resolver las controversias que surjan con motivo de la ejecución penal y regular los medios para lograr la reinserción social.

Lo que significa que ninguno de estos aspectos pueden ser regulados por las legislaturas estatales y añadió que la ley local  incide en la  regulación de las bases de datos de las personas privadas de la libertad que ingresan a los centros penitenciarios, de las entrevistas y comunicación con el exterior, ya sea con defensores o familiares, en la capacitación para el trabajo y administración de las ganancias o remuneraciones; en la atención médica e higiene y en el tratamiento de adicciones.

Además, en el régimen de visitas generales e íntimas, así como los derechos de las personas privadas de su libertad.

“En consecuencia como estos casos y muchos más las normas reclamadas inciden el internamiento de las personas privadas de la libertad, el proyecto propone concluir que resultan inconstitucionales por haberse expedido sin competencia constitucional para legislar en la materia de ejecución de penas”, expuso.

 

¡Comparte!

You must be logged in to post a comment Login