Próximamente entrará en vigor una nueva regulación de tránsito de motocicletas con disposiciones adicionales y algunas prohibiciones, según un comunicado del gobierno de la Ciudad de México.
La administración capitalina publicó en la Gaceta Oficial el decreto por el que se reforman diversas disposiciones del Reglamento de Tránsito, producto de los acuerdos alcanzados entre la comunidad motociclista y distintas dependencias.
Producto de los acuerdos alcanzados entre el colectivo motociclista y diversos organismos, la administración capitalina publicó en el Diario Oficial el decreto que reforma diversas disposiciones del Reglamento de Tránsito.
Reglamento
- Llevar a bordo solo la cantidad de personas que señala la tarjeta de circulación.
- Uso obligatorio de casco protector : con armazón y barrera rígida que aporta mayor protección; relleno amortiguador de 3 a 4 centímetros de espesor para absorber impactos; relleno de confort que contribuye a que el casco se ajuste correctamente a la cabeza; un sistema de retención que mantiene el casco en la cabeza durante una colisión, correas, anclajes y mecanismo de cierre o abrochado; y visor que garantice la correcta visibilidad y resistencia ante el impacto de objetos.
- Personas mayores de edad podrán conducir motocicletas y portar licencia tipo A1, A2 o permanente y se adiciona que los vehículos podrán contar con tarjeta de circulación en formato físico o digital.
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