Suprema Corte detiene el “Plan B” de reforma electoral por tiempo indefinido

Hoy ha quedado suspendido por tiempo indefinido el “Plan B” de reforma electoral del presidente Andrés Manuel López Obrador.

El ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Javier Laynez Potisek, admitió hoy la demanda  que presentó el Instituto Nacional Electoral en contra del “Plan B” de reforma electoral, esto significa que se suspenden de forma indefinida sus efectos sobre el Instituto Nacional Electoral (INE)

La suspensión invalida las modificaciones que realizó el Congreso a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, la Ley General de Partidos Políticos, la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y la nueva Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral.

El ministro solicitó al Congreso y Ejecutivo Federal, que presenten su contestación dentro del plazo legal.

“(El ministro) concedió la suspensión solicitada por el INE respecto de todos los artículos impugnados del Decreto para efecto de que las cosas se mantengan en el estado en el que hoy se encuentran y rijan las disposiciones vigentes antes de la respectiva reforma”, indicó la Corte en un comunicado.

La suspensión se otorgó por que el ‘Plan B’ tiene un problema de origen, que podría ocasionar que el Pleno de la Corte, invalide por completo la reforma.

Al parecer el problema recae por la premura en la que fue aprobado en la Cámara de Diputados, ya que el Pleno votó una iniciativa del Ejecutivo el mismo día que fue presentada, incumpliendo con los requisitos mínimos que debe cumplir un procedimiento legislativo, y en este caso por tratarse de una reforma de fondo al sistema electoral.

“Dicha suspensión fue otorgada debido a que el Decreto no sólo contiene normas de carácter general sino también actos concretos de aplicación, sobre los cuales la suspensión generalmente se concede”.

Se esta considerando la aprobación del Plan B como un fraude a la ley, por la posible violación a los derechos político-electorales de la ciudadanía

“Asimismo, la SCJN ha resuelto en ocasiones anteriores que en Controversias Constitucionales sí corresponde otorgar la suspensión aun tratándose de leyes, cuando pudieran vulnerar de manera irreparable derechos humanos. En el caso que nos ocupa se trata de la posible violación a los derechos político-electorales de la ciudadanía”, precisa el comunicado de la Corte.

“Pues dio trámite urgente a una iniciativa que por disposición legal no podía ser sometida al mismo, no respetó el principio de publicidad, ni mucho menos el deliberativo que rige al órgano legislativo, impidiendo la participación de todas las fuerzas políticas con representación parlamentaria”, apunta la controversia del INE.

Si este problema no cuenta con ocho votos para ser invalidado en el Pleno de la Corte, procederá a analizar el contenido de la reforma, para determinar si pone en peligro los procesos democráticos, por la supresión de unidades y secretarías del INE.

 

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